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Esta es la opinión del experto

Si bien el experto está de acuerdo con la introducción de tasas judiciales, opina que “los límites cuantitativos de ingresos económicos previstos para la consecución de la asistencia jurídica gratuita debieran ser objeto de reconsideración y actualización”.

Benigno Varela, en el artículo “Las tasas Judiciales”, publicado en El Foro de la sociedad Civil está de acuerdo con la introducción de las tasas judiciales, tal y como se ha pronunciado el Tribunal Constitucional al respecto, estimando que “la justicia no es gratis y que no se suscitan dudas sobre la legitimidad de los fines que persigue la tasa judicial, en cuanto financia el servicio público de la Administración de Justicia con cargo al justiciable que más se beneficia de la actividad jurisdiccional, disminuyendo, correlativamente, la financiación procedente de los impuestos.”
 
“Existen precedentes de la implantación de una tasa judicial tanto a nivel nacional como en otros países de nuestro entorno europeo, lo que, en principio, desvanece esa idea, muy propagada en los comentarios críticos, de que se viene a instaurar “una justicia solo para los ricos”. Parece más bien que el problema de la constitucionalidad de la tasa judicial se conecta con la proporcionalidad de la misma y no con su establecimiento”.
 
Añade: “Naturalmente que el principio de tutela judicial efectiva consagrado en el artículo 24 de nuestro texto constitucional del año 1978 presupone el acceso universal a la justicia, lo que no quiere decir que, siempre y en todo caso, el mismo tenga que producirse de forma absolutamente gratuita. Buena prueba de ello lo es, sin la menor duda, el artículo 119 de aquella norma fundamental que no establece un principio general de gratuidad de la justicia sino que condiciona a lo que disponga la ley o a la insuficiencia de recursos económicos la prestación sin costes del servicio público de referencia.
 
Sin embargo, opina que “los límites cuantitativos de ingresos económicos previstos para la consecución de la asistencia jurídica gratuita debieran ser objeto de reconsideración y actualización, por cuanto resulta evidente que el doble e, incluso en situaciones excepcionales, el cuádruplo del salario mínimo interprofesional por unidad familiar vienen a resultar cantidades insuficientes para abordar el acceso a la justicia por parte de muchos ciudadanos que, en la generalidad de los casos, tienen importantes y esenciales cargas familiares que asumir.”

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