En relación a la decisión ¿Apoyar la incorporación masiva de la población a las redes sociales? esta es una opinión de Pedro López López
-
Pedro López López
- Doctor en Psicología
Esta es la opinión del experto
Pedro López López, Experto en Derechos Humanos, nos recuerda que el acceso a las redes sociales (“inclusión digital”) tiene hoy en día la categoría de derecho humano de “última generación” y que está incluido entre los derechos derivados de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación.
En su artículo “Inclusión digital: un nuevo derecho humano”, publicado en "Educación y Biblioteca", D. Pedro López López, Director de la Escuela Universitaria de Biblioteconomía y Documentación de la Universidad Complutense de Madrid y Doctor en Psicología, recuerda que la democratización del acceso a las tecnologías de la información y la comunicación como instrumento para favorecer la incorporación de la población a la sociedad de la información - la llamada “inclusión digital” - ya está reconocido como uno “derecho humano”.
El “derecho de inclusión digital” forma parte de los llamados derechos de última generación, que son los derivados de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación.
Para el Sr. López López, también experto en temas de derechos humanos, al categorizar la “inclusión digital” como “derecho humano”, estamos encuadrando el derecho a acceder y poder participar en las redes sociales entre las facultades en las que, en este momento histórico en el que vivimos, se concreta “las exigencias de la dignidad y la igualdad humanas” y que, como tal, todos los Estados deben reconocer y garantizar a sus ciudadanos.
El derecho a acceder a las nuevas tecnologías y a las redes o comunidades que en ellas se generan es un “derecho humano de tercera generación” que proviene, por un lado, de las nuevas reivindicaciones de los ciudadanos y, por otro, de las transformaciones tecnológicas, de los nuevos conocimientos científicos y de su aplicación a diversos campos de la vida humana.
A diferencia de otros derechos humanos reconocidos históricamente por la ONU, para Pedro López López, este derecho es producto de la evolución social, científica y técnica, “estamos ante la emergencia de un nuevo derecho procedente del entorno tecnológico creado en el mundo de la información y la comunicación.” Se trata de nuevos derechos que se van reconociendo al abrigo del desarrollo y evolución de la sociedad y que no estaban planteados en la Declaracion de 1948, como ocurrió en su momento con el derecho al desarrollo (1986), el derecho a la diversidad cultural (2001) o los derechos de los pueblos indígenas (2007).
En definitiva, para Pedro López López, podemos entender que la inclusión digital es un nuevo derecho humano procedente del nuevo entorno tecnológico que ha creado la red. Los avances en información y comunicación deben ser disfrutados por todos los seres humanos, y cabe considerar que en la actualidad exclusión digital equivale a exclusión social.