En relación a la decisión ¿Participar en canales de consumo colaborativo? esta es una opinión de Janelle Orsi

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Esta es la opinión del experto

Para Janelle Orsi, Directora de The Sustainable Economies Law Center, el vacío legal que rodea al consumo colaborativo impide equilibrar sus beneficios entre empresas y consumidores ya que puede dar lugar a situaciones de competencia desleal entre empresas y de discriminación entre consumidores.

En el libro “Practising Law in the Sharing Economy”, Jannelle Orsi, Doctora en Derecho “cum laude” por la Universidad de Berkely y cofundadora y directora del Centro Legal de Economía Sostenible  (Sustainable Economics Law Center), ofrece una detallada hoja de ruta para dar forma legal al “consumo colaborativo”, una nueva forma de consumir que puede ayudar a crear riqueza en las comunidades y abonar el terreno para el nacimiento de una nueva economía más justa, eficiente y sostenible.

La autora señala que, a fecha de hoy y desde el punto de vista legal. los canales de consumo colaborativo no están lo suficientemente maduros para su correcto funcionamiento y presentan ciertos problemas que ponen en entredicho su legalidad y frenan su viabilidad.

Estos problemas, segun la Sra. Orsi, son varios:

1º.- El principio “Sneeze- Guard”, aquel que genera desventajas competitivas entre sujetos de una misma actividad económica, quebrando el principio de igualdad de oportunidades.  Un “sneeze-guard” es un equipo de protección para alimentos cuyo uso en establecimientos públicos es obligatorio y cuya autorización requiere una serie de permisos administrativos que conllevan unos costes.  Un restaurante tradicional tiene obligación de asumir este gasto, pero ¿es obligatorio para un comedor comunitario o para un pop up de comidas?.  ¿A partir de qué momento surgen estas obligaciones administrativas para los comercios de consumo colaborativo? .

2º.-  El poder de la confianza entre productores y consumidores. En ciertos ordenamientos, el contacto directo entre las partes de una transacción exonera de ciertos requisitos de información, etiquetado y/o publicidad exigidos para cuando no existe ese contacto directo.  Dicha información, etiquetado y/o publicidad  supone un coste, que las empresas de consumop colaborativo no deben realizar.  Por ejemplo en Estados Unidos los productos que se venden en mercadillos tienen unos requisitos de etiquetado más flexibles que los que se venden en supermercados,

3º.-  El tamaño del negocio es también en ocasiones una ventaja competitiva de dudosa justificación legal.  En su libro, Janelle Orsi, expone los casos del “uso del exceso de espacio y/o bienes” que realizan personas o empresas y que cuando se realizan a pequeña escala están libres de ciertos y costosos requisitos legales.  Por ejemplo, en la mayoría de los barrios norteamericanos se pueden celebrar “garage sales” siempre que no excedan de treinta horas semanales (a partir de ahí se considerarían establecimientos ilegales),  Esto podría suponer una ventaja competitiva frente a los establecimientos debidamente autorizados para ello que se deben ajustar a dichas formalidades.   El hecho de que la propia naturaleza del consumo colaborativo se base en la “suma de consumidores”, hace que estas excepciones de “pequeño negocio” sean cuestionables.           

4º-  Discriminación entre consumidores.  Para la Directora del SELC, el consumo colaborativo tiene un gran potencial para perpetuar las desigualdades y discriminaciones que ya existen en el comercio tradicional, hasta el extremo de que las empresas especializadas en consumo colaborativo podrían compartir sus servicios exclusivamente con sus amigos en redes sociales, excluyendo al resto de usuarios. 

5º.-  Derechos de los trabajadores.  Para la confección de su libro, Janelle Orsi, se entrevistó con Sara Horowitz, fundadora de Freelances’ Union; i.e, Organización de Trabajadores Autónomos, para obtener una perspectiva del impacto del consumo colaborativo desde la óptica de los trabajadores.  Según Horowitz, la proliferación de “tareas” e incluso “microtareas” que encontramos en plataformas como Mechanical Turk, Taskrabbit y Fiverr que fragmentan los trabajos en “tareas individuales”, pueden minimizar la importancia de ciertas garantías laborales, como la seguridad laboral, salarios mínimos, horas extras, ect., dejando a los trabajadores en una situación de desprotección continuada.    

 

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